Real Decreto 118/2004, por el que se regula el título de Especialización Didáctica

REAL DECRETO 1258/2005

10/11/05

REAL DECRETO 1258/2005, de 21 de octubre, por el que se modifican el Real Decreto 118/2004, de 23 de enero, por el que se regula el título de Especialización Didáctica, (BOE núm. 267, 8 noviembre 2005)
 

El Real Decreto 118/2004, de 23 de enero, por el que se regula el título de Especialización Didáctica, se modifica en los siguientes términos: 

Uno. Se modifica la disposición transitoria primera, que reconoce la experiencia docente previa como equivalente al título de Especialización Didáctica siempre que se hubiera adquirido con anterioridad al 1 de septiembre de 2005, fecha que queda diferida al 1 de septiembre de 2007.

Dos. Se modifica la disposición transitoria segunda, en virtud de la cual las Administraciones educativas podrían seguir organizando durante el curso 2003-2004 las enseñanzas conducentes a la obtención de los Certificados de Aptitud Pedagógica, y se establece que las Administraciones educativas podrán organizar las citadas enseñanzas hasta el curso 2005-2006, inclusive.

 Tres. Se difiere al 1 de septiembre de 2007 la exigencia de la posesión del título de Especialización Didáctica que la disposición transitoria tercera establecía a partir del 1 de septiembre 2005, en los siguientes casos:

 a) Para el ingreso en las especialidades de Tecnología, de Psicología y Pedagogía y las correspondientes a las distintas enseñanzas de Formación Profesional de los Cuerpos de Catedráticos y de Profesores de Enseñanza Secundaria, así como para las especialidades del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación  profesional. 

b) Para el ingreso en los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, de Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.